Por: Prof. Walter Andia Salinas
Culminaron las elecciones y ¿ahora que viene? Se preguntara la ciudadanía en general. Muchos hemos escuchado diversas promesas electorales relacionadas a la transparencia y rendición de cuentas y ahora toda hacerlas cumplir. Como se conoce el primer día hábil de enero del 2011 asumirán las nuevas autoridades municipales recientemente elegidas, sin embargo hasta ese día faltan algunas actividades que se tiene que realizar, el proceso de Transferencia. Veamos al respecto.
Marco normativo sobre el cierre y Transferencia de gestión.La normatividad que rige dicho proceso de transferencia esta señalado en nuestra constitución política, así mismo en la Ley Nº 26997 del 20 de noviembre de 1998 “Ley que establece la conformación de comisiones de transferencia de la administración municipal” modificada por la Ley Nº 28430. Así mismo algunos organismos autónomos como la Contraloría General de la Republica han emitido normas alusivas a la transferencia.
Principios que rigen una Transferencia exitosa. Los principios son los siguientes:1 Transparencia Posibilitar la confianza mutua entre las autoridades salientes y las recientemente electas.
2 Legalidad Observar y tendremos presente la normatividad general y específica que orienta este proceso.
3 Orden Deben brindar cierto tiempo para que las personas responsables de cada área u oficina mantengan ordenado el acervo documentario a su cargo, a fin de lograr que la información sea presentada de la mejor manera y entendida por las autoridades entrantes.
4 Veracidad de la información Constatar permanentemente la validez de la información que se maneja en el proceso y oficinas, en correlato con lo que ocurre en la realidad; así como también la autenticidad de cada uno de los documentos.
5 Observancia de los procedimientos establecidos Implementar las acciones que señala la normativa vigente, y seguir el orden que ha establecido para los procedimientos.
6 Respeto a las autoridades entrantes Respetando a las nuevas autoridades y a su equipo técnico
entrante, fortalecemos la confianza recíproca entre la población y las autoridades y favorecemos la continuidad al desarrollo de la gestión.
7 Responsabilidad individual y colectiva Asumir compromisos colectivos, sin descuidar aquellos que derivan del ejercicio de nuestras funciones individuales.
8 Difusión y publicidad Informar a la población acerca de los logros y dificultades de la gestión, ya que se trata de las autoridades que eligieron mediante su voto.
9 Continuidad de los servicios Garantizar a través de la transferencia que en todo momento se cumplirá con los servicios para la ciudadanía.
Información obligatoria de acuerdo a la normatividad específica vigente. Entre la
información que se tiene que entregar tenemos:
a.- Inventario físico de bienes muebles e inmuebles de propiedad municipal.
b.- Inventario de cuentas bancarias, indicando el saldo de cada una de ellas.
c.- Libros de contabilidad.
d.- Documentación sustentatoria de las operaciones contables y financieras realizadas.
e.- Libro de planillas y la relación detallada del personal y su régimen de contratación.
f.- Registro de los contribuyentes tributarios.
g.- Actas de las reuniones del Concejo Municipal, oficios y demás acervo documentario de la municipalidad.
h.- Informe del estado de los servicios públicos administrados por la municipalidad y otorgados en concesión, (si los hubiere).
i.- Informe del estado de los expedientes pendientes de resolución.
j.- Informes de auditorías o control interno realizados.
k.- Relación de proyectos de inversión pública existentes en el banco de datos existentes en el SNIP.
Otros documentos que deben entregar son:
l.- Relación de los expedientes judiciales y administrativos en trámite – reporte de los expedientes perdidos, indicando al responsable.
ll.- Relación documentada de las ordenanzas, acuerdos, decretos, resoluciones y normas municipales expedidas por el concejo municipal, la alcaldía o las gerencias municipales. Esta información forma parte del archivo legal histórico de la municipalidad y permite conocer el marco legal en el que se ha venido desarrollando la gestión municipal.
m.- Documentos de planificación estratégica del desarrollo e institucional y de participación: Plan de Desarrollo Concertado, Plan de Desarrollo Institucional, Plan de Participación Ciudadana, Plan de Desarrollo de Capacidades.
n.- Documentos e instrumentos normativos de la gestión municipal, tales como: Reglamento Interno del Concejo (RIC), Reglamento del CCL, Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), Plan Operativo Institucional (POI), Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF), Cuadro de Asignación de Personal (CAP), Presupuesto Analítico de Personal (PAP), Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), entre otros.
Del mismo modo debe recordarse presentar la relación debidamente documentada de las deudas pendientes, así como el Informe de los Préstamos Concedidos a las Municipalidades y el tiempo de duración. Esta información debe incluir además el estado del cumplimiento de las obligaciones de remuneraciones, beneficios sociales, aportaciones al seguro social (EsSalud) y aportaciones al sistema privado de pensiones (AFPs).
Pasos a seguir durante Para realizar una transferencia exitosa se debe seguir los siguientes pasos:
Paso 1.Conformación de la Comisión de Transferencia. Instalación e Inicio de la Transferencia.-
Dentro del plazo de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes a la proclamación de las autoridades electas, el alcalde en ejercicio convoca al alcalde electo y conforma e instala una Comisión de Transferencia (mixta). La Comisión de Transferencia puede ser conformada mediante resolución de Alcaldía.
El número de miembros de la Comisión de Transferencia podría ser ampliado, por acuerdo de ambos alcaldes.
De no realizarse la instalación en el plazo previsto en el numeral 3.1 de esta Ley (26997), el alcalde electo designará a todos los integrantes de la Comisión de Transferencia y la instalará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Cualquiera de las autoridades electas pondrá en conocimiento del Fiscal correspondiente el incumplimiento del mandato legal por parte del alcalde en ejercicio, para que se haga efectiva la respectiva acción penal por el delito establecido en el artículo 377 del Código Penal.
Paso 2. Recopilación de la información obligatoria a transferir.-
La ley que establece la conformación de Comisiones de Transferencia de la Administración Municipal , Ley No. 26997, señala que es obligatoria la transferencia de toda la información mencionada líneas arriba para todas las municipalidades del país. No obstante, dependiendo el tamaño de la municipalidad y de sus características, la recopilación de toda esta información podrá involucrar a diversas gerencias, oficinas o áreas existentes.
Por ejemplo, para las municipalidades que cuentan con diversas oficinas o gerencias, como las provinciales, se deberá recopilar información de las diversas áreas que las conforman.
Recordemos que no todas las municipalidades del país cuentan con el mismo número de gerencias, oficinas y áreas, y que ello se define en razón de su ubicación, territorialidad y densidad de población.
Paso 3. Información sobre el desempeño y los resultados de la gestión para la Memoria de la Gestión Municipal.-
Esta información debe contener:
1.-Un Resumen del Balance o Evaluación de Resultados de la Gestión.
2.- Un Resumen de la Información Financiera y Presupuestaria
3.- Información sobre los Procesos de Gestión Participativa.
4.- Información sobre Acciones de Transparencia
5.- Seguimiento de las Recomendaciones formuladas por el Órgano de Control.
6.- Aplicación del Silencio Administrativo y actualización de procedimientos administrativos.
Esta Memoria de Gestión debe ser publicada en el Portal de Transparencia Institucional, en concordancia con lo establecido en la Ley No. 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Ello contribuirá a facilitar la continuidad de la gestión y la provisión de servicios que brinda la municipalidad
Paso 4. Suscripción de Acta de Transferencia.- Finalmente, como culminación de los pasos realizados se debe contar con:
Acta de Transferencia; Suscrita por los miembros de la Comisión de Transferencia (ambas partes: saliente y entrante).
Aprobación y publicación de la Memoria de Gestión; Que incluye el Balance de la Gestión realizada, logros, temas pendientes, y el Resumen de la Información Financiera , de los Procesos de Gestión Participativa, Acciones en Transparencia, y otra información como se ha detallado.
Con estos documentos completamos el Proceso de Transferencia hacia las nuevas autoridades de la gestión municipal; nuevo alcalde y nuevos regidores electos.
A nuestro entender informar a la población es uno de los momento más importante ya que se trata de poner en conocimiento de toda la ciudadanía el estado en que se ha encontrado, en este caso, la Municipalidad. Al inicio habíamos señalado que uno de los principios de la transferencia era la Difusión y publicidad. Se puede hacer mediante las audiencias públicas y/o cabildos abiertos. En el distrito de alto Selva Alegre la ciudadanía como en muchos distritos y provincias a lo largo y ancho del Perú necesita saber sobre la administración realizada en la presente gestión. Por el bien de la transparencia y rendición social de cuentas, a informar se ha dicho.